Guerrero

Aprueba Congreso Ley de Bienestar de Guerrero

Se determinó dictaminar a favor porque es una propuesta coadyuvará al desarrollo humano e integral de las y los guerrerenses

Aprueba Congreso Ley de Bienestar de Guerrero
anews
diciembre 19, 2024 1:21 am

Chilpancingo, Gro., 18 de diciembre de 2024.- El Congreso local aprobó la Ley para el Bienestar del Estado de Guerrero, un marco normativo robusto que coordinará y articulará las acciones de los tres órdenes de gobierno para garantizar el ejercicio de los derechos sociales

Al fundamentar el dictamen, la diputada Ana Lilia Botelllo Figueroa, presidenta de la Comisión de Desarrollo y Bienestar Social, explicó que tras realizar un estudio integral de la iniciativa envida por la gobernadora Evelyn Salgado Pineda, se determinó dictaminar a favor porque es una propuesta coadyuvará al desarrollo humano e integral de las y los guerrerenses, en condiciones de igualdad y equidad.

Expuso, además, que este ordenamiento se construye bajo los principios que rige la Ley General de Desarrollo Social, para consolidar un sistema estatal de bienestar social incluyente, equitativo y con justicia social, estructurado en seis capítulos que abordan de manera integral los aspectos fundamentales que guiarán la política en la materia. 

Sistema Estatal para el Bienestar

Igualmente, detalla la creación del Sistema Estatal para el Bienestar, una estructura administrativa y operativa, las competencias y autoridades responsables, tales como la Comisión Estatal y la Comisión Intersecretarial para el Bienestar, que asegurarán la coordinación entre diversas instancias gubernamentales, para lo cual se plantea un Consejo Consultivo para el Bienestar que define las competencias de los gobiernos estatal y municipales, fomentando la colaboración con los sectores social y privado.

Este ordenamiento se regirá bajo los principios fundamentales de libertad, justicia distributiva, solidaridad, integridad, participación social, sustentabilidad, respeto a la diversidad, libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, transparencia, perspectiva de género, y prohíbe cualquier forma de discriminación en las prestación de los bienes y servicios incluidos en los programas de bienestar, garantizando el acceso equitativo a toda la población, sin distinción de origen étnico, de género, edad, condición económica, discapacidad o cualquier otra característica personal.

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