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Darán de baja CURP de fallecidos; trámite es gratuito

La CURP debe ser cancelada oportunamente al fallecer una persona, tarea que recae en los familiares o responsables legales.

Darán de baja CURP de fallecidos; trámite es gratuito
anews
abril 04, 2025 3:50 pm

La Clave Única de Registro de Población (CURP) es uno de los documentos más importantes para los mexicanos, ya que permite realizar diversos trámites ante dependencias públicas y privadas. Sin embargo, cuando una persona fallece, este registro debe ser cancelado oficialmente.

La Secretaría de Gobernación (Segob) recuerda que la baja de la CURP es obligatoria para liberar servicios como seguros de vida, pensiones o fondos de retiro. El trámite se realiza de manera presencial y no tiene ningún costo.

Para cancelar la CURP de un ciudadano mexicano, se deben presentar original y copia del acta de nacimiento o certificado de nacionalidad mexicana, así como una identificación oficial del fallecido. Entre los documentos válidos están la credencial para votar, cartilla militar, cédula profesional, pasaporte, certificado de estudios o credenciales del IMSS o ISSSTE.

En el caso de personas extranjeras, es indispensable presentar el acta de defunción y alguno de los siguientes documentos migratorios vigentes: visa diplomática D1, visa oficial O1 u O4, visa de servicio S1 o S2, o documento expedido por el Instituto Nacional de Migración (INM), ante el cual también debe gestionarse este trámite.

La baja de la CURP debe solicitarse en un módulo de atención ciudadana cercano al domicilio del solicitante. La localización de estos centros puede consultarse en el portal oficial de la Segob.

Para resolver dudas, están disponibles los números 55 5128 0000 (extensiones 15103, 15104, 15690, 15692 y 15693) y 800 911 1111, de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas.

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