SAT confirma devolución de saldo a favor en 40 días hábiles para 2025
Si la devolución no se efectúa en los 40 días hábiles, se puede levantar una aclaración mediante el Buzón Tributario o con cita en las oficinas del SAT.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que la devolución del saldo a favor, correspondiente a la Declaración Anual 2025 de personas físicas, se realizará en un plazo máximo de 40 días hábiles a partir de la solicitud formal del trámite.
A través de sus canales oficiales, el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda aclaró que dicho plazo no inicia con la presentación de la declaración, sino con la solicitud específica de devolución. “Una vez que realizas tu solicitud, en caso de ser procedente, se efectuará en un plazo máximo de 40 días hábiles”, informó el SAT.
En redes sociales, usuarios han manifestado su inquietud ante la demora en recibir los depósitos, a pesar de contar con saldo a favor. No obstante, el SAT reiteró que el proceso aún se encuentra dentro del margen estipulado.
Para verificar el estatus de la devolución, los contribuyentes pueden ingresar al sitio www.sat.gob.mx, iniciar sesión con RFC y contraseña o e.firma, y consultar el apartado “Estado de tu devolución”.
¿Saldo a favor?
El saldo a favor se genera cuando, al presentar la declaración, el contribuyente demuestra que pagó más impuestos de los correspondientes. Esto puede derivarse de deducciones como gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios, aportaciones al retiro y primas de seguros médicos.
Es fundamental revisar que la declaración esté completa y que se haya marcado correctamente la opción de “devolución”. En caso de omisión, se recomienda presentar una declaración complementaria.
Si la devolución no se efectúa en los 40 días hábiles, se puede levantar una aclaración mediante el Buzón Tributario o con cita en las oficinas del SAT.
