¿Me pueden prohibir nadar en Acapulco? Conoce qué dice la ley
¿Hay áreas restringidas para practicar snorkel? Conoce qué dice la ley en caso de que tengas un accidente mientras nadas en la playa.
ACAPULCO, Gro., 5 de agosto de 2025. – A propósito del accidente ocurrido este fin de semana en Acapulco, donde una turista sufrió lesiones en su pierna luego de que una lancha le pasara por encima y que además los parianeros se deslindaran del accidente, nos preguntamos si realmente alguien puede “delimitar” o “restringir” una zona para nadar.
En México no existe una ley federal que prohíba nadar, bucear o practicar snorkel en el mar, incluida la zona turística de Acapulco, salvo en situaciones específicas dictadas por autoridades sanitarias o de protección civil.
¿Cuándo sí me pueden “impedir” meterme al agua?
De acuerdo con la Cofepris, algunas playas de Acapulco (como Caletilla, Hornos, Carabalí y Papagayo) fueron clasificadas recientemente como no aptas para uso recreativo debido a altos niveles de contaminación, superando los límites de enterococos fecales. Esta clasificación no implica una prohibición legal, sino una advertencia sanitaria.
Otra excepción ocurre durante fenómenos naturales como marejadas o mar de fondo. En esos casos, Protección Civil o la Capitanía de Puerto pueden emitir banderas rojas que restringen temporalmente el ingreso al mar por motivos de seguridad.

Por ley, el acceso a las playas es libre y gratuito. La Ley General de Bienes Nacionales establece que la zona federal marítimo-terrestre —los 20 metros desde la orilla— no puede ser privatizada. Ni hoteles ni prestadores turísticos pueden bloquear el paso al mar, incluso si cuentan con concesiones.
Además, la Secretaría de Marina (SEMAR) regula el uso de embarcaciones recreativas y turísticas a través de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos. Las embarcaciones menores, como lanchas, kayaks o snorkel tours, deben cumplir con reglamentos específicos, incluyendo matrículas, certificados de seguridad y normas como la NOM 034 SEMAR 2024.
Los prestadores de servicios turísticos no tienen autoridad legal para impedir que una persona nada o practique snorkel por cuenta propia. Sólo pueden recomendar precauciones si hay riesgos por embarcaciones o condiciones del mar. Si bloquean el acceso o exigen pagos indebidos, el usuario puede denunciar ante Profepa, PROFECO o la Capitanía de Puerto.
