• °C
  • 29 March, 2024
°C 29 March, 2024
Nacional

Propone Morena iniciativa para evitar anular títulos profesionales 5 años después de su emisión

De aprobarse, la ley permitiría que pasado el lapso determinado, una persona que plagió su tesis podría ejercer sin problema alguno.

Adriana Olea
enero 23, 2023 3:58 pm

Ciudad de México, 23 de enero del 2023.- Los representantes de Morena en la Cámara de Diputados presentaron una iniciativa para aplicar sanciones por plagio académico y también para hace valer el derecho de audiencia del acusado de plagio.

La bancada argumentó que en el caso de la ministra Yasmín Esquivel Mossa no ha sucedido dicho derecho no se ha garantizado ya que “ha sido víctima de un linchamiento mediático con claros tintes misóginos y machistas”.

¿En qué consiste la iniciativa?

El diputado Alejandro Robles propuso reformar la Ley Reglamentaria del artículo 5º constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México.

La iniciativa establece además que serán las facultades de la Dirección General de Profesiones y de las autoridades universitarias que emitieron el título profesional, las instancias que podrán llevar a cabo la anulación del registro del título profesional y revocación de la cédula, atribución que prescribirá en un periodo de cinco años contados a partir de la obtención de la cédula profesional.

Robles sostuvo que es necesario legislar en esa materia pues existe un vacío legal que da lugar a incertidumbre e inseguridad jurídica en torno a este tema que ha cobrado especial relevancia en los últimos días.

“No solo a raíz del caso de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, sino también de Enrique Peña Nieto e incluso de Vicente Fox Quezada, que con su Plan de Gobierno, al que solo le hizo adecuaciones de tipo ‘académico’, lo presentó como su tesis profesional, tal como consignó La Jornada en su momento”

Alejandro Robles

El artículo 74 de la iniciativa señala que “se entenderá por plagio la apropiación indebida que se realice de ideas, manifestaciones, escritos u obras ajenas con el fin de presentarlas como propias” .

Por otro lado, el artículo 75 propuesto indica que: “Tratándose de plagio en los trabajos de investigación que se realicen con motivo de obtener el título profesional y la cédula de ejercicio con efectos de patente que señalan los artículos primero y tercero respectivamente de la presente ley, será causal de anulación del registro del título profesional y revocación de la cédula de ejercicio con efectos de patente que se le hayan otorgado a la persona que actualice la hipótesis normativa enunciada en el presente artículo”.

«