Invalida SCJN decreto que obligaba a medios a distinguir entre opinión e información
Tal decreto en materia de derecho de las audiencias violaba procesos legislativos cuando se aprobó en el Senado.
Ciudad de México, 29 de agosto de 2022.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inválido el decreto aprobado en 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFRyT) que obligaba a concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia.
Según el proyecto, realizado por el ministro Alberto Pérez Dayán, tal decreto en materia de derecho de las audiencias violaba procesos legislativos cuando se aprobó en el Senado.
Entre dichas violaciones, estaba el no realizar las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso y que el dictamen no fuera publicado en la Gaceta del Senado 24 horas antes de que se realizara la discusión del asunto.
“Estos requisitos fueron soslayados en la discusión correspondientes y significan una violación a al proceso legislativo, así como al derecho que asiste a las minorías de no ser excluido de los procesos legislativos”, indica el proyecto.
Tampoco fuero consultados pueblos y comunidades indígenas sobre esta materia, ya que también podría afectarlos.
Ahora los legisladores federales decidirán si se emite o no una nueva reforma a la LFRyT.