Guerrero

Aprueba Congreso de Guerrero bases para que ayuntamientos contraten créditos

Chilpancingo, 31 de mayo de 2022.- Diputados del Congreso del Estado aprobaron por unanimidad un dictamen que emite las bases sobre las cuales los ayuntamientos de la entidad pueden contratar empréstitos o créditos. Dichos creditos, sin embargo, no pueden utilizarse para el pago de sentencias, laudos, finiquitos u otras prestaciones que los ayuntamientos deben pagar […]

Aprueba Congreso de Guerrero bases para que ayuntamientos contraten créditos
Nelson Rojas
junio 02, 2022 1:04 am

Chilpancingo, 31 de mayo de 2022.- Diputados del Congreso del Estado aprobaron por unanimidad un dictamen que emite las bases sobre las cuales los ayuntamientos de la entidad pueden contratar empréstitos o créditos.

Dichos creditos, sin embargo, no pueden utilizarse para el pago de sentencias, laudos, finiquitos u otras prestaciones que los ayuntamientos deben pagar con sus recursos propios y desde su autonomía.

En el dictamen, emitido por las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda, y fundamentado por la diputada Alicia Zamora Villalva, se señala que les fueron turnados oficios signados por la presidenta del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado, Míriam Cortés Cisneros, sobre asuntos relacionados con autos y laudos.

Dichos oficios fueron emitidos para los municipios de Coyuca de Catalán, Atoyac, Coyuca de Benítez, Copalillo, Tepecoacuilo, Cuajinicuilapa, Chilapa, Ajuchitlán, Tecoanapa y Taxco.

Asimismo, una solicitud del Ayuntamiento de Coyuca de Catalán, donde solicitan se establezcan las bases para contratar créditos o empréstitos en favor de los ayuntamientos.

La legisladora explicó que el Congreso tiene plenas facultades para autorizar a los municipios la contratación de créditos o empréstitos, atendiendo en todo momento a su capacidad de pago y apego a lo señalado por la normatividad aplicable en la materia.

En ese sentido, abundó que el Congreso tiene la obligación legal de expedir las bases sobre las cuales los ayuntamientos pueden contratar empréstitos o créditos, los cuales deben ajustarse a las disposiciones legales aplicables.

No obstante, recordó que sólo serán procedentes para Inversiones Públicas Productivas, careciendo de utilidad para la concesión de empréstitos o créditos cuyo destino sea el pago de sentencias, laudos, finiquitos u otras prestaciones, lo cual los ayuntamientos deben pagar con sus recursos propios y desde su autonomía.

Respecto a las solicitudes de autorización de empréstitos por parte de los ayuntamientos, indicó que éstos deberán sustentar sus peticiones.

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