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Concede SCJN amparo a cuatro primas de Lucio Cabañas, víctimas de desaparición forzada

Durante el 2015, se presentó una denuncia de desaparición forzada contra Juana, Irene, Rosa y Flavia, primas de Lucio Cabañas

Concede SCJN amparo a cuatro primas de Lucio Cabañas, víctimas de desaparición forzada
Adriana Olea
junio 17, 2024 7:53 pm

Chilpancingo, Gro., 17 de junio del 2024.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a cuatro primas de Lucio Cabañas, contra la resolución de la “no acción penal” de la Fiscalía General de la República (FGR) por el delito de desaparición “forzada transitoria y tortura”, ocurrido hace 52 años.

De acuerdo con la resolución publicada por el Centro de Derechos Humanos de La Montaña (Tlachinollan) durante el 2015, se presentó una denuncia de desaparición forzada contra Juana, Irene, Rosa y Flavia, primas de Lucio Cabañas, hecho ocurrido en el 1972, sin embargo, por ser un delito de “lesa humanidad”, no tiene una prescripción.

Sin embargo, siete años después, es decir, en el 2022, la Fiscalía General de la República (FGR), a través de la Fiscalía Especializada de Control Competencial, determinó el “no ejercicio de la acción penal”, de la averiguación previa iniciada, por los delitos clasificados como de “lesa humanidad”.

En su momento, en la sentencia 178/2022 emitida por el juez sexto de Distrito de amparo en materia penal, argumentó que existen suficientes elementos para deducir presuntivamente que los hechos denunciados debieron estar comprendidos entre los “delitos de lesa humanidad”.

La Corte Federal determinó que en su resolución la FGR, es contrario a los Derechos Humanos en cuanto a la justicia y la verdad, por lo que el Ministerio Público a cargo de la investigación deberá tomar en cuenta el contexto social y las características del entorno en que se cometieron los hechos.

Se resuelve que el Ministerio deberá investigar y documentar todas las referencias de las averiguaciones previas iniciadas con motivo de los 532 casos identificados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en su recomendación 26/2001.

Asimismo, que la investigación deberá evidenciar las conductas de las autoridades que actuaron violentamente contra las quejosas que “fueron víctimas de graves violaciones de derechos humanos, sólo por ser familiares de Lucio Cabañas”.

Que el Ministerio Público, tendrá que efectuar la investigación en un plazo de doce meses, para determinar lo procedente, durante el proceso, cada dos meses deberá informar al Juzgado de Distrito y remitir copia certificada de sus actuaciones.

El pasado 12 de junio, el ministro Juan Luis González Alcántara, ordenó a la FGR, investigar los crímenes de lesa humanidad, que ampara a las cuatro mujeres que son familiares de Lucio Cabañas, como base a las bases jurídicas existentes, como delito de “lesa humanidad”.

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