Ratifica TEPJF prohibición de “acordeones” visibles en elección judicial
Personas inconformes impugnaron la decisión del INE, argumentando que limita su derecho a auxiliarse de instrumentos de apoyo
A unas horas de la primera elección de ministros, magistrados y jueces en México, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la prohibición de distribuir “acordeones” con la intención de influir en el voto, tanto en formato físico como en redes sociales.
Por unanimidad, el órgano jurisdiccional respaldó el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), que aprobó medidas cautelares para frenar el reparto masivo de propaganda vinculada a la elección extraordinaria de personas juzgadoras del Poder Judicial.
No obstante, el TEPJF aclaró que las y los ciudadanos sí pueden acudir a las urnas con guías personales, como anotaciones, impresiones o fotos, siempre que no se exhiban públicamente ni durante el periodo de veda ni en la jornada electoral.
Personas inconformes impugnaron la decisión del INE, argumentando que limita su derecho a auxiliarse de instrumentos de apoyo al momento de votar. Sin embargo, en sesión privada, el Pleno concluyó que no se vulneran derechos fundamentales, ya que no se impide portar referencias privadas para orientar el sufragio.
El proyecto, elaborado por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, subrayó que el acuerdo no prohíbe que los votantes lleven consigo información de los candidatos y números de lista de su preferencia, en un ejercicio electoral complejo.
La resolución delimita que el uso de materiales de consulta es válido, siempre que no se muestre públicamente, pues la decisión debe permanecer como un acto personal y libre del electorado.
