Día de muertos: de Walt Disney al Cempasúchil pirata
Cuál es la diferencia entre homenajes y apropiación cultural con fines económicos
El 17 de enero del 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. Su objetivo es reconocer y garantizar la protección, salvaguarda y desarrollo patrimonial y cultural de la propiedad intelectual y colectiva de estos grupos.
Ya en la interpretación de esta ley, se toman en cuenta los sistemas normativos indígenas además de los instrumentos internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de derechos humanos. También se incluyen los derechos indígenas y, según sea el caso, derechos de autor y propiedad intelectual, para proteger lo más posible a los pueblos y comunidades.
Desde enero del 2022, fecha de publicación de dicha ley, el Gobierno Mexicano ha interpuesto reclamos en al menos tres ocasiones a diferentes marcas. Destacan Nike, Zara, Louis Vuitton, Isabel Marant, Carolina Herrera, entre otras. Sin embargo, apropiación cultural no es netamente algo negativo si no que depende de diferentes factores para interpretar el término dentro de tal categoría. Uno de los más importantes, es el reconocimiento del origen del diseño o idea así como la persona o comunidad involucrada. También es importante según algunos autores, si quien retomar estas ideas, costumbres o métodos de hechura textil, son un grupo predominante.
Es decir, si se pertenece a un grupo social privilegiado o no, teniendo por objeto de posible plagio a un grupo perteneciente a una minoría. Una minoría puede ser caracterizada por su origen racial, étnico, lingüístico, ubicación geográfica, ingreso económico e incluso por máximo grado de estudios. Sin embargo, empresas transnacionales también han sido acusadas de plagio. Al respecto, para tales empresas es fácil obtener dichos diseños y fabricarlos de forma industrial y obtener grandes ganancias económicas. O como es el caso de algunas marcas, para incrementar exponencialmente la venta de un producto preexistente en el mercado.
Por otra parte, la apropiación cultural también engloba tradiciones, festividades, conceptos, etc. Tal es el caso del Día de Muertos en México. Por ejemplo, películas como Coco de Disney que recaudó más de 800 millones de dólares a nivel mundial. También El Libro de la Vida, estrenada en 2014 con ganancias cercanas a los 100 mdd, cuya relación tiene muy poco o nada de relación con la tradición originaria de México. En este sentido, la apropiación cultural, cambia el sentido y significado, de costumbres y festividades, lo que en mayor o menor grado, genera una pérdida o la resignificación del patrimonio cultural de un país, comunidad o población.
También es importante mencionar que The Walt Disney Company retiró sus solicitudes de registro de la frase “Día de los Muertos” ante la United States Patent and Trademark Office (USTDO). En contraste, en el caso de México, hay otras marcas que han retomado conceptos culturales o festividades para potenciar la compra de sus productos. Todo según ellos, con la intención de reforzar las tradiciones mexicanas. Tal es el caso de cerveza Victoria, con su edición especial de día de muertos lanza 2 años consecutivos. Y en especial, la versión cempasúchil lanzada en plena festividad de día de muertos este 26 de octubre del 2022.
Por último, existe una polémica alrededor del cempasúchil en donde se calificó a una variedad de la planta como “pirata” o proveniente de “China“. Situación limítrofe con la comercialización de una supuesta planta transgénica, lo cual no es cierto. Todo el proceso de siembra, cuidados y comercialización es de origen mexicano, salvo la semilla que es adquirida en el extranjero. Esto ya que la variedad de esta planta conocida en Estados Unidos como Marigold, tiene presencia en México, pero hubo desarrollo de variedades para su producción ornamental.