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Garantiza IMSS seguridad social a parejas del mismo sexo en concubinato

Lo anterior mediante un criterio de interpretación a la Ley del Seguro Social, emitido por la Dirección Jurídica, para efectos administrativos.

Garantiza IMSS seguridad social a parejas del mismo sexo en concubinato
Nelson Rojas
octubre 27, 2022 10:52 pm

Ciudad de México, 27 de octubre de 2022.- El director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo dijo que el organismo garantizará que las parejas del mismo sexo en una relación de concubinato, tengan acceso al Seguro de Enfermedades y Maternidad, así como a la Pensión por Viudez.

Lo anterior, dijo, mediante un criterio de interpretación a la Ley del Seguro Social, emitido por la Dirección Jurídica, para efectos administrativos.

Durante la sesión ordinaria del Consejo Técnico del IMSS, celebrada el 25 de octubre del año en curso, el director jurídico, Antonio Pérez Fonticoba, señaló que, en diciembre de 2009, se reformaron diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal, entre ellas, la que habilitó el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Lo anterior, añadió derivó en la emisión de un criterio de interpretación para permitir el acceso al referido seguro al cónyuge del asegurado o pensionado, con independencia de si se trata de matrimonio entre personas del mismo o distinto sexo, criterio que no se hizo extensivo a otras figuras como el concubinato.

Por ello, Zoé Robledo, destacó que, con la emisión de este nuevo criterio de interpretación, las Direcciones Normativas competentes en la materia, facilitarán el acceso a las referidas prestaciones de una manera más eficiente, tanto administrativa como tecnológicamente.

Para acceder al Seguro de Enfermedades y Maternidad, los interesados deben presentarse en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) con las actas de nacimiento de los hijos en común -siempre que permanezcan libre de matrimonio- y, a falta de éstas, acudir el asegurad o pensionado a la Unidad, junto con su pareja, a efecto de manifestar, bajo protesta de decir verdad, que han permanecido en una relación de concubinato durante los 5 años anteriores a la fecha de la solicitud de registro.

Además, deberán exhibir la documentación que se señala en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado “Documentación CONAMER, IMSS-02-066”, como lo son: identificación oficial, Número de Seguridad Social, Clave Única de Registro de Población, fotografía tamaño infantil y comprobante de domicilio.

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